Condiciones generales de venta
La sociedad CONCRET (en lo sucesivo denominada "CONCRET"), sociedad por acciones simplificada inscrita en el Registro Mercantil y de Sociedades de BURDEOS con el número 937 830 537, con domicilio social en 12 avenue Henri Becquerel - 33700 MERIGNAC, es una organización de servicios intelectuales especializada en el estudio, diseño, modernización de empresas, ingeniería y asistencia a la implantación, auditoría, formación y certificación profesional, e implantación de soluciones informáticas, todo ello denominado en lo sucesivo "Servicios Ofrecidos".
De conformidad con el artículo L 441-1 del Código de Comercio francés, las presentes Condiciones Generales de Venta (en adelante "CGV") constituyen la base de la relación comercial entre las Partes. Se aplican a todas las Ofertas de servicios relativas a pedidos realizados a CONCRET por cualquier cliente profesional (en adelante "el Cliente"), reservándose CONCRET el derecho de establecer además condiciones particulares en función de las negociaciones llevadas a cabo con el Cliente.
Todo pedido de una Oferta de servicios implica la aceptación sin restricciones ni reservas por parte del Cliente de las presentes CGV, siendo inoponible a CONCRET cualquier otra condición general o específica que figure en los documentos emitidos por el Cliente. El Cliente es responsable del cumplimiento de las presentes CGV por parte de todos sus empleados y demás agentes.
El Cliente reconoce haber recibido de CONCRET toda la información suficiente que le permita asegurarse de que los servicios propuestos se adaptan a sus necesidades.
Toda prestación propuesta por CONCRET es objeto de una propuesta financiera y técnica presentada al Cliente. Esta propuesta es válida durante un (1) mes a partir de su recepción por el Cliente. La Oferta de servicios se considerará aceptada por el Cliente a partir de la recepción por CONCRET de la orden de pedido/propuesta comercial firmada por el Cliente, y el contrato se considerará entonces válidamente constituido.
Las modificaciones del pedido solicitadas por el Cliente sólo se tendrán en cuenta, previo acuerdo expreso de CONCRET, si se notifican por escrito, al menos cinco (5) días antes de la fecha prevista para la prestación de los servicios solicitados, previa firma por el Cliente de una hoja de pedido específica y posible ajuste del precio.
En caso de anulación del pedido por parte del Cliente tras su aceptación por CONCRET con menos de diez (10) días de antelación a la fecha prevista para la prestación de los Servicios solicitados, por cualquier motivo que no sea de fuerza mayor, CONCRET retendrá y facturará al Cliente, en concepto de daños y perjuicios, una suma correspondiente al 20% del precio total propuesto, IVA excluido, en compensación por la pérdida así sufrida.
La duración del contrato se estipula en el presupuesto/pedido/propuesta comercial según el calendario definido entre las partes, que podrá modificarse de mutuo acuerdo. En cualquier caso, CONCRET no está obligado a cumplir ningún plazo, ya que el calendario se fija a título meramente informativo.
Los servicios se prestan según las tarifas en vigor el día del pedido, según el baremo CONCRET, que factura el tiempo empleado por los asesores/interventores en la realización del servicio, bien sobre la base de un precio por día de intervención, bien a tanto alzado.
[Los gastos de viaje, logística y documentación no están incluidos en los honorarios y se facturarán adicionalmente al Cliente.
Los precios se indican en euros y no incluyen el IVA vigente.
Las facturas son pagaderas al contado en el momento de su recepción y en un plazo máximo de treinta (30) días a partir de la fecha de recepción.
En caso de demora en el pago y de pago de las sumas adeudadas por el Cliente fuera del plazo mencionado anteriormente, se adeudarán de pleno derecho y automáticamente a CONCRET, sin formalidad ni requerimiento previo, penalizaciones por demora equivalentes al triple del tipo de interés legal. Además, el Cliente deberá abonar una indemnización fija de 40 euros en concepto de gastos de cobro. CONCRET se reserva asimismo el derecho de suspender la prestación de servicios hasta el pago íntegro de la factura.
Cuando el contrato firmado por el Cliente sea renovable al final del periodo acordado, la propuesta económica de CONCRET se revisará en cada fecha de aniversario mediante la aplicación automática de la siguiente fórmula de revisión de precios:
P0 = precio inicial EUR excl.
P1 = precio revisado EUR excl.
S0 = Índice Syntec en la fecha de firma del contrato o en la fecha de aniversario del contrato para los periodos posteriores.
S1 = Índice Syntec en la fecha de renovación del contrato
P1 = P0 x (S1/S0)
Salvo acuerdo en contrario, el prestador de servicios se reserva el derecho de utilizar los conocimientos técnicos que haya adquirido en la realización de los trabajos que le hayan sido confiados, salvo con los competidores directos del cliente. El cliente autoriza expresamente al prestador de servicios a mencionar su nombre comercial, marca y/o logotipo, tanto en soporte papel como digital, con exclusión de cualquier otra información relativa al cliente, a efectos de prospección comercial. Por consiguiente, cualquier negativa del cliente a utilizar los elementos mencionados deberá notificarse por escrito al prestador de servicios, de conformidad con las condiciones establecidas en el artículo 1 de las presentes "condiciones de ejecución del servicio".
En caso de acuerdo de financiación con un OPCO, se establecerá un acuerdo específico entre CONCRET, el Cliente y el OPCO. Es responsabilidad del Cliente realizar su solicitud de financiación antes de la formación y asegurarse de que sea aceptada. El acuerdo de financiación deberá ser comunicado por el Cliente a CONCRET en el momento del pedido o de la contractualización de la prestación, y adjuntarse al acuerdo firmado por el Cliente.
Si el acuerdo de financiación del Cliente no llega a CONCRET a más tardar un día laborable antes del inicio de la formación, CONCRET se reserva el derecho de facturar al Cliente la totalidad de los gastos de formación. Tanto si la financiación por parte de una OPCO es parcial como total, CONCRET le enviará una copia del certificado de formación acompañada de la factura correspondiente.
CONCRET no podrá ser considerado responsable frente al Cliente en caso de incumplimiento de sus obligaciones derivado de un caso de fuerza mayor en el sentido de los artículos 1218 y siguientes del Código Civil francés.
En el marco de su obligación de medios, CONCRET se compromete a poner el máximo cuidado en la prestación de sus servicios.
El Cliente se compromete a colaborar con CONCRET facilitándole o dándole acceso a toda la información útil necesaria para la correcta ejecución del servicio, así como para el cumplimiento de los plazos de ejecución acordados. Asimismo, el Cliente pondrá a disposición de CONCRET los medios necesarios para la ejecución del servicio.
La responsabilidad de CONCRET sólo podrá incurrir en caso de fallo probado y se limitará a los perjuicios directos, con exclusión de los perjuicios indirectos de cualquier naturaleza. En particular, CONCRET no podrá ser considerado responsable en caso de cualquier fallo por parte del Cliente (técnico, mala utilización de los soportes transmitidos, etc.) o por cualquier motivo ajeno a su intervención. En cualquier caso, sea cual sea la Oferta de servicios prestados por CONCRET, en caso de que se incurra en su responsabilidad, la indemnización abonada en reparación del perjuicio tendrá como límite máximo el importe de las sumas efectivamente percibidas por CONCRET en concepto del servicio prestado.
CONCRET sigue siendo el único propietario de todos los derechos de propiedad intelectual sobre todos los contenidos y soportes, sean cuales sean, producidos (incluso a petición del Cliente) con vistas al suministro y la prestación de servicios al Cliente, teniendo este último únicamente un derecho de uso estrictamente personal. Por consiguiente, el Cliente se abstendrá de reproducir, modificar, transmitir, publicar o utilizar dichos soportes y contenidos, en particular los contenidos de formación, sin la autorización expresa, escrita y previa de CONCRET, so pena de incurrir en responsabilidad en virtud de los artículos L.122-4 y L.335-2 y siguientes del código de la propiedad intelectual. A este respecto, el Cliente se compromete a no utilizar el contenido de los cursos de formación para formar a personas que no sean su propio personal.
Las partes se comprometen a mantener la confidencialidad de toda la información transmitida por la otra parte en el marco de la ejecución del contrato, sea cual sea el soporte (oral o escrito) y su naturaleza.
Cada una de las partes se compromete a respetar sus obligaciones en materia de tratamiento de datos personales, de conformidad con la normativa RGPD. Los datos personales recogidos de los Clientes son tratados por CONCRET. Se registran en su fichero de Clientes y son indispensables para la tramitación del pedido. Esta información y los datos personales también se conservan por motivos de seguridad, con el fin de cumplir con las obligaciones legales y reglamentarias. Se conservarán durante el tiempo necesario para la ejecución de los pedidos y las garantías aplicables.
El acceso a los datos personales estará estrictamente limitado a los empleados de CONCRET autorizados a tratar dichos datos en virtud de sus funciones.
De conformidad con la normativa aplicable, el Cliente dispone de un derecho de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos que le conciernen, así como de un derecho de oposición al tratamiento por un motivo legítimo. Estos derechos podrán ejercerse dirigiéndose al responsable del tratamiento a la siguiente dirección postal o electrónica: laurent.seguin@concret.fr; la solicitud deberá ir acompañada de un documento de identidad firmado. Por último, el Cliente podrá presentar una reclamación ante la CNIL.
Estas CGV se rigen por la legislación francesa.
En caso de surgir un litigio entre el Cliente y CONCRET como consecuencia de la ejecución de las presentes CGV, las partes se comprometen, antes de cualquier acción judicial, a resolverlo de forma amistosa. Si se llega a una solución amistosa, las Partes deberán registrarla por escrito como transacción en el sentido de los artículos 2044 y siguientes del Código Civil. Si, transcurrido un plazo de dos (2) meses, no se ha encontrado una solución amistosa, las partes podrán someter el asunto al Tribunal de Comercio de BURDEOS.